La reforma de las leyes de dependencia y discapacidad:
qué avanza y qué reclamamos

El Congreso aprobó el 14 de julio de 2026 una reforma importante para las personas con dependencia y discapacidad. Te explicamos, en lenguaje claro, qué mejoras traerá para las personas con sordoceguera y sus familias, y qué pedimos desde APASCIDE que se corrija antes de su aprobación definitiva.

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a tener en cuenta
  • Aprobada en el Congreso (14/07/2026)
  • Pendiente del Senado
  • La financiación ya está en vigor

La reforma modifica a la vez la Ley de Dependencia y la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad, y desarrolla el nuevo artículo 49 de la Constitución. Su objetivo es ampliar derechos y servicios, reducir trámites y reforzar la financiación del sistema. El texto todavía no es definitivo: continúa su tramitación en el Senado, donde puede modificarse. La parte económica, en cambio, aprobada mediante real decreto-ley, ya está en vigor.

Ver legislación actual:

  • Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia

  • Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

Los avances que supondrá

Estas son las novedades que, de confirmarse, tendrán un impacto más directo en el día a día de las personas con sordoceguera y sus familias:

Menos trámites

El grado de dependencia dará acceso automáticamente al grado de discapacidad equivalente (33 % con el grado I; 65 % con los grados II y III), sin tener que repetir valoraciones ni recorrer distintas ventanillas.

Se podrán combinar apoyos

Desaparecen las incompatibilidades entre prestaciones: será posible sumar, por ejemplo, el centro de día, los cuidados en el entorno familiar y la teleasistencia, ajustando el apoyo a cada proyecto de vida.

Respuestas más rápidas

El plazo para resolver una prestación por dependencia se reduce de seis a tres meses.

Asistencia personal también fuera de casa

La asistencia personal se regula como servicio y podrá utilizarse para acompañamientos en la vida diaria —hacer la compra, ir al médico, otros desplazamientos—, sin límite de edad.

Cuidadores más allá de la familia

Se reconoce como cuidadoras a personas cercanas que no sean familia directa, con derecho a la prestación económica por cuidados.

Teleasistencia como derecho y más financiación

La teleasistencia se garantiza como derecho y se elevan las cuantías. Además, el Estado se compromete por ley a asumir el 50 % del coste del sistema, con 6.200 millones de euros adicionales para las comunidades autónomas entre 2026 y 2027.

Más dignidad y derechos

Se suprimen las sujeciones farmacológicas, la accesibilidad universal pasa a ser un derecho exigible y se prohíbe la discriminación por discapacidad en la contratación de seguros.

Lo que reclamamos desde apascide

Valoramos positivamente estos avances. Sin embargo, la reforma no menciona las necesidades específicas de la sordoceguera, una discapacidad única que combina la falta de visión y de audición y que no se resuelve con la suma de los apoyos pensados por separado. Pedimos que se corrija durante el paso por el Senado y en el desarrollo posterior de la ley.

Reconocer la sordoceguera como discapacidad única

Que la ley y su reglamento la recojan de forma expresa, diferenciada de la discapacidad visual y de la auditiva por separado.

Reconocer y financiar la mediación y la guía-interpretación

Que estas figuras de apoyo especializado se incluyan dentro de la asistencia personal y del catálogo de servicios, con financiación.

Una asistencia personal adaptada

Que contemple la especialización comunicativa (lengua de signos apoyada, sistema dactilológico, comunicación táctil) y la atención individualizada, uno a uno, que la sordoceguera requiere.

Una teleasistencia realmente accesible

Que no dependa solo de la voz: debe llegar también por canales visuales, táctiles y tecnológicos para que las personas con sordoceguera puedan usarla.

una valoración que tenga en cuenta la doble deficiencia sensorial

Que los baremos de dependencia y discapacidad reflejen adecuadamente el impacto combinado de no ver y no oír.

Mirar al futuro y contar con nosotros
Que se impulsen recursos para el envejecimiento de las personas con sordoceguera y que APASCIDE participe en el desarrollo de la ley.

¿Qué pasa ahora?

El texto sigue su camino en el Senado y, tras su aprobación, se publicará en el Boletín Oficial del Estado. Desde APASCIDE trasladaremos estas peticiones a las administraciones y a los grupos parlamentarios, y seguiremos informando a las familias de cada paso.

Información elaborada por APASCIDE con fines divulgativos, actualizada a 16 de julio de 2026, a partir del texto aprobado en el Congreso y de fuentes oficiales. Las cifras y detalles pueden variar hasta la publicación definitiva en el BOE. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico.